Funciones
De acuerdo con la Ley General de Bibliotecas, corresponde a la federación, a través de la Dirección General de Bibliotecas, realizar las siguientes funciones:
- Efectuar la coordinación de la Red Nacional de Bibliotecas.
- Establecer los mecanismos participativos para planear y programar la expansión y modernización tecnológica de la Red de Bibliotecas.
- Emitir la normatividad técnica bibliotecaria para las bibliotecas de la Red y supervisar su cumplimiento.
- Seleccionar, determinar y desarrollar las colecciones de cada biblioteca pública de acuerdo con el programa correspondiente.
- Dotar a las nuevas bibliotecas públicas, en formato impreso y digital, de un acervo de publicaciones informativas, recreativas y formativas, así como de obras de consulta y publicaciones periódicas a efecto de que sus acervos respondan a las necesidades culturales, educativas y de desarrollo en general de los habitantes de cada localidad.
- Apoyar a las bibliotecas integrantes de la Red, en los procesos de catalogación y clasificación de acuerdo con las normas técnicas bibliotecológicas autorizadas, a efecto de que los servicios bibliotecarios puedan ofrecerse con mayor eficiencia.
- Proporcionar entrenamiento y capacitación al personal adscrito a las bibliotecas públicas de la Red.
- Proporcionar asesoría técnica en materia bibliotecaria e informática a las bibliotecas de la Red Nacional.
- Difundir y promocionar a nivel nacional los servicios bibliotecarios y actividades afines a las bibliotecas públicas.